INCORPORACIÓN
SOCIOS: Compañías aéreas españolas, presentadas por al menos dos socios, y que sean admitidos por la Junta Directiva y la Asamblea de Socios.
MIEMBROS ADHERIDOS: Cualesquiera otras empresas o Asociaciones de empresas relacionadas con el tráfico aéreo, siempre que en todo caso sean admitidas por la Junta Directiva y la Asamblea de Socios, y defiendan los intereses generales de la Asociación.